El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Donostia ha declarado nula la convocatoria de empleo de Guardia Municipal que el Ayuntamiento de San Sebastián aprobó el 20 de diciembre de 2022, la que exigía tener el perfil lingüístico B2 de euskera.
Concretamente, la sentencia afirma que dicha petición lingüística es «discriminatoria» y que «se ha vulnerado el derecho fundamental del recurrente en el artículo 23.2 de la Constitución Española». Según el texto, «la administración ha de buscar la vía para garantizar la posibilidad de que los ciudadanos puedan relacionarse con ella en euskera sin que ello suponga una discriminación en su derecho a acceder al empleo público para los ciudadanos que no conocen ese idioma».
En consecuencia, la sentencia resume que el conocimiento del euskera es «un derecho», pero «no una obligación». Así, el juez defiende que no es necesario que todos los policías locales sepan euskera, «sería suficiente, con carácter general, con que uno de los integrantes de cada pareja conozca el euskera», explica.
De todas formas, la sentencia puede ser recurrida por el Ayuntamiento de Donostia, ya que ha sido dictada en primera instancia.
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