El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente ha presentado hoy, de forma anticipada, las ayudas que regulan, en el ejercicio 2024, el apoyo a las organizaciones dinamizadoras de clústeres de Euskadi. Se han aprobado 3.868.000 euros, que se suman el Plan de Ayudas a Pymes, presentado la semana pasada, y que, en esta ocasión, impulsa la labor de los 16 clústeres vascos.
La cooperación entre Pymes, grandes empresas, proveedores de conocimiento y otros actores de los sistemas regionales de innovación, ya sea dentro de un mismo clúster o entre diferentes clústeres, es uno de los principales vectores para aumentar la innovación y las capacidades de internacionalización en la Industria Vasca. Las agrupaciones empresariales innovadoras u organizaciones dinamizadoras de clústeres son los agentes principales que actúan como facilitadores de la cooperación entre los actores del sistema de innovación y, especialmente, entre las Pymes, facilitando su inserción en cadenas de valor globales.
Por tanto, estas ayudas a las organizaciones dinamizadoras de los clústeres de Euskadi se enmarcan en el objetivo estratégico de incrementar la competitividad de las empresas vascas a través de la cooperación, pero, al no estar dirigidas directamente a las empresas, no se incluyen en el Plan de Ayudas a Pymes presentado la semana pasada.
Ahora, el Gobierno Vasco suma, a su Plan de Ayudas a Pymes anticipado, el adelanto de las ayudas a los clústeres, con el objetivo de promover e incrementar la competitividad de las empresas vascas a través de la cooperación, y dar respuesta a los retos a los que hace frente la industria vasca en un entorno complejo y tensionado.
Las organizaciones dinamizadoras de clústeres (ODCs) deberán presentar una solicitud por medios electrónicos, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La ficha informativa del procedimiento administrativo donde están disponibles las instrucciones para la tramitación, las declaraciones responsables y los modelos, y a través de los cuales se accede al formulario de solicitud que se encuentra en la dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/1012912
Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, incluidas las notificaciones y justificaciones, se realizarán a través de «Mi carpeta» de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: https://www.euskadi.eus/micarpeta El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 29 de febrero de 2024.
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